Imagen del artículo del blog de Ibone Olza sobre la negación del embarazo

El pasado 22 de enero recibí una petición de ayuda urgente por parte de una abogada de turno de oficio de Costa Rica. Se juzgaba a una madre acusada de “tentativa de homicidio calificado”, la fiscalía pedía 15 años de cárcel. Los hechos por los que se le juzgaban habían acontecido en el parto precipitado, prematuro, extrahospitalario y sin asistencia, de su hijo cinco años atrás. La abogada, defensora pública, tenía claro que la mujer había presentado un trastorno de negación del embarazo y así lo había defendido durante todo el juicio, pero temiendo que esto no fuera reconocido solicitó mi pericia. (Había llegado a mi por esta entrada en mi blog sobre la negación del embarazo). Accedí, conmovida por el esfuerzo y generosidad de esta joven abogada feminista empeñada en defender a una mujer sin recursos económicos, y escuché y valoré a la madre, que vivía con su hijo y estaba muy angustiada ante la posibilidad de ser condenada y tener que separarse del niño (que estaba muy unido a ella). Realicé un informe pericial psiquiátrico que la abogada aportó al juicio que se celebró en las siguientes semanas. La letrada solicitó que se me permitiera testificar vía telemática, pero la petición fue rechazada. El tribunal declaró a la madre culpable de tentativa de homicidio de su hijo y la condenó a seis años de prisión (sustituibles por arresto domiciliario).

La joven y maravillosa abogada decidió apelar, y el recurso fue aceptado. Además, logró que se aceptara el que yo declarara desde la sede embajada de costa Rica en Madrid, cosa que hice el pasado 1 de julio. Lo que sigue es la nota de prensa resumen de una sentencia histórica: ¡se ha hecho justicia!

En San José de Costa Rica, a 6 de octubre 2021.

 ANULACIÓN DE CONDENA EN UN CASO DE NEGACIÓN DE EMBARAZO

El pasado 8 de septiembre de 2021 el tribunal de apelación de sentencia penal de San José, Costa Rica decidió anular el juicio en el que una madre había sido declarada culpable.  La sentencia previa, emitida el 3 de febrero de 2021, por unanimidad de los votos emitidos, declaró a Yoana autora responsable de un delito de tentativa de homicidio calificado en perjuicio de su hijo, imponiéndosele el tanto de seis años de prisión, (sustituyéndose la pena impuesta por el arresto domiciliario con monitorio electrónico).

Contra dicho pronunciamiento la abogada defensora pública de la madre interpuso un recurso de apelación, solicitando se aceptaran los dos informes periciales de la psiquiatra Ibone Olza, directora del Instituto Europeo de Salud Mental Perinatal, así como su declaración ante el tribunal de apelación como perito experta. Dicha declaración tuvo lugar el pasado 1 de julio mediante video conferencia, desde la sede del Consulado de Costa Rica en Madrid, en presencia del Cónsul Alexis Coto Varela.

Según explico la psiquiatra, Doña Yoana sufrió un Trastorno Disociativo especificado 300.15 (f44.89) DSM-V (American Psychiatric Association) en contexto de negación del embarazo. En concreto ante la situación sumamente traumática de parto inesperado y sin asistencia presentó una reacción disociativa aguda.  Esta afección según describe la DSM-V se caracteriza por la presentación de limitación de la consciencia, despersonalización, desrealización, alteraciones de la percepción, micro amnesias y estupor transitorio, apareciendo típicamente en situación de estrés agudo máximo. Implica una abolición de la capacidad de juicio por ser una enajenación mental transitoria.

Los hechos por los cuales fue juzgada la señora Yoana se remontan al año 2017, fecha en que, acude al hospital más cercano por fuerte dolor en su abdomen, donde le recetan una serie de medicamentos para tratar una supuesta “infección abdominal no especificada, con la presencia de una masa intraabdominal” y le dan de alta. En ese momento, desesperada por la situación, solicita colaboración a una tía para que la recoja y la lleve a otro hospital.

Durante el trayecto, Yoana siente ganas de defecar y pide que detengan el automóvil, logran detenerse en un centro comercial, lugar donde ingresa en el baño, da a luz a un niño y lo deja en el basurero del mismo. Sale del sitio, se duerme en el trayecto en vehículo y finalmente se retira hacia su casa. El niño fue encontrado vivo por un sujeto que ingresa al baño del lugar poco después y avisa a los servicios médicos de urgencias, que lo trasladan al hospital donde queda ingresado ya que es un gran prematuro de aproximadamente seis meses de edad gestacional. Días después Yoana es detenida por la Policía Judicial por cuanto había quedado grabado su ingreso y salida del sitio.

El resultado de la apelación presentada ha sido un avance enorme en el sistema judicial. El logro de haber anulado una sentencia condenatoria contra una mujer que no solo fue víctima de violencia obstétrica, que fue señalada severamente por la sociedad y que se le consideró culpable de hechos ejecutados cuando la misma se encontraba en un estado de alteración de la consciencia (consecuencia del trastorno de negación del embarazo) debe servir de aliciente para todos aquellos miembros de la sociedad que luchan para que este trastorno cada vez sea más conocido y de esa forma se evite el sometimiento injusto de una mujer a un proceso judicial.

Por lo demás, se espera que en el próximo juicio a la señora Yoana se le absuelva de toda pena y responsabilidad, pueda continuar con su vida sin la cadena que implica este amargo recuerdo y continúe disfrutando de la compañía de su hijo, de 6 años en la actualidad, porque ha de recordarse, una condena para la madre supondría  volver a dañar un vínculo materno filial que pese a haberse iniciado en condiciones de máxima adversidad, al día de hoy, ha evolucionado muy favorablemente de manera protectora para el menor.

 

 PD. Gracias infinitas a las expertas de la Sociedad Marcé Internacional que tanto me ayudaron: Diana Barnes, Claudia Klier, Gina Wong, así como a los psiquiatras Alfonso Gil, Ana González Uriate y el resto de compañeras de nuestra escuela perinatal que contribuyeron en distintos puntos de la elaboraciòn y defensa de mi informe.

Para quien quiera saber más sobre la negación del embarazo, os dejo aquí un extracto de una clase que dí en febrero.

 

 

Photo by Mustafa Omar on Unsplash

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5 comentarios en “Negación del embarazo: anulación de condena”

  1. Pingback: Justicia restaurativa: absolución en un caso de negación de embarazo y violencia obstétrica - Ibone Olza

  2. Hay personas que desarrollan la mirada amplia, la que ve más allá, la que nos hace cuestionar si debemos mantener un rumbo o virar ligeramente para encontrar un nuevo lugar. La mirada de vigía vela por el resto de la tripulación. Gracias a quién afina su ojo y su espíritu para ver lo que a otros les cuesta o niegan ver, ya sea por pereza, por incomodidad o porque desestructure su sistema de creencias. Sois faros para el resto y vuestro coraje habilita el de los demás.

  3. Qué duro todo, y qué difícil, cuando si en el primer hospital se hubieran dado cuenta de que estaba embarazada, todo habría sido mucho más sencillo… Me alegra que todo haya salido bien. Y me apena pensar en todas esas mujeres que no tienen a una abogada estupenda que lucha por sus derechos!!

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